La prohibición legal de sancionar dos veces por lo mismo, también conocida como el principio "non bis in idem," es un importante pilar del Derecho Constitucional Colombiano que garantiza la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos frente a posibles abusos por parte del Estado. Este principio establece que nadie puede ser juzgado ni sancionado dos veces por el mismo hecho o conducta punible, evitando así la doble exposición a procesos punitivos que afecten la dignidad y los derechos de las personas.
Esta protección contra la doble sanción se encuentra consagrada en la Constitución Política de Colombia, específicamente en el artículo 29, el cual garantiza el debido proceso y establece que nadie puede ser juzgado o sancionado más de una vez por la misma conducta. Esta norma es una manifestación de la garantía del principio de legalidad y responde a la necesidad de evitar la arbitrariedad y la imposición de múltiples castigos por un mismo acto, lo que vulneraría los derechos fundamentales de las personas y afectaría gravemente la seguridad jurídica.
La prohibición del "non bis in idem" en el Derecho Constitucional Colombiano es una salvaguarda para los ciudadanos, asegurando que una vez que una persona ha sido juzgada y sancionada por un hecho punible, no puede ser objeto de nuevos juicios o penas adicionales por la misma conducta. Esta norma busca preservar la coherencia y la finalidad retributiva del sistema de justicia penal, al tiempo que protege a los individuos de posibles persecuciones o excesos punitivos. Es una expresión de los principios de justicia, proporcionalidad y respeto a los derechos humanos que deben prevalecer en todo Estado de Derecho.
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